OBJETIVO 2030 Y MEDIDAS INCENTIVADORAS
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) se constituye como la herramienta de orientación estratégica nacional que integra la política de energía y clima con un horizonte temporal a 2030, de acuerdo con la normativa nacional y europea. Este ejercicio de planificación sirve para orientar la toma de decisiones ante escenarios coyunturales en el corto plazo, con una batería de más de cien medidas entre las que se encuentra el impulso del vehículo eléctrico.
a) Descripción
El objetivo de esta medida es dar mayor eficiencia energética al sector transporte y reducir el consumo de energía del parque automovilístico, a través de la electrificación del parque, que se hará mediante la sustitución paulatina de los vehículos de combustión por vehículos con propulsión eléctrica (englobando tanto los vehículos eléctricos con baterías como los que cuentan con pila de combustible y consumen hidrógeno verde), posibilitando una mayor penetración de energías renovables en el sector transporte.
En el marco del paquete «Objetivo 55» (objetivo climático de la UE de reducir las emisiones en al menos un 55 % de aquí a 2030), la Comisión Europea, junto al Consejo y al Parlamento Europeo, han acordado la prohibición de venta de vehículos nuevos que no sean cero emisiones a partir de 2035 en territorio comunitario. Este acuerdo adelanta el compromiso adquirido por España en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética de 2021, de que no más tarde de 2040 todas las ventas de vehículos sean vehículos con emisiones de 0 gCO2/km.
A finales del año 2023, la cuota de comercialización de los vehículos eléctricos en España fue del 12%, incluyendo vehículo eléctrico de batería, híbrido enchufable y vehículos eléctricos de rango extendido. España, en el marco del PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia) ha acelerado las medidas, tanto legislativas como de apoyo económico que hagan posible alcanzar una penetración de los vehículos eléctricos que permitan cumplir con el objetivo marcado como acuerdo del «Objetivo 55».
La electrificación masiva del parque de vehículos se conseguirá cuando se alcance la paridad en cuanto a costes totales de propiedad entre vehículos eléctricos y vehículos de combustión (bien por acercamiento de precios de venta que faciliten los fabricantes, o por la existencia de incentivos fiscales y programas de ayuda) y cuando exista un despliegue de infraestructura de recarga de acceso público suficiente, entre otros factores.
En este sentido, se han llevado a cabo un amplio abanico de reformas legislativas que permitirán acelerar el despliegue de la infraestructura de recarga de acceso público.
Por otro lado, es importante mencionar que en el marco general del PRTR, que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, una de las treinta líneas de acción es la ‘Componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos’ que incluye, entre otros, el despliegue masivo de infraestructura de recarga como clave para el impulso del vehículo eléctrico. Este Plan de choque permitirá adelantar los objetivos de penetración de la movilidad eléctrica que España tenía fijados a 2023 y 2025.
En relación con el fomento de la cadena de valor industrial, en julio de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se declara como Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC) como una iniciativa integral sobre la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado con un objetivo claro y definido: la creación del ecosistema necesario para que se pueda fabricar y desarrollar de manera integral el vehículo eléctrico y conectado en España.
Con este fin, el PERTE VEC permitirá articular las inversiones públicas de los diferentes componentes del plan, y coordinar las acciones de los distintos eslabones de la cadena de valor, en aras de lograr el impacto deseado en términos de transformación eficiente del sector. Para ello, en el PERTE VEC se recogen los Programas de incentivos MOVES como medidas facilitadoras que, sin actuar directamente sobre la cadena de valor, contribuyen tanto a la creación de una nueva movilidad como al desarrollo del vehículo eléctrico, en este caso, permitiendo impulsar el parque de vehículos eléctricos, el despliegue de la infraestructura y la innovación y los nuevos modelos de negocio en movilidad eléctrica.
También en el marco del PRTR, se ha aprobado la Hoja de Ruta del Hidrógeno: Una apuesta por el hidrógeno renovable, que prevé fomentar el uso del hidrógeno verde en ciertos nichos del sector transporte de difícil descarbonización.
En este contexto, se ha creado el Grupo de Trabajo para el despliegue de la infraestructura de recarga (GTIRVE) como órgano de gobernanza del despliegue en España. En la reunión más reciente hasta la fecha, celebrada en julio de 2024, los participantes expusieron el estado actual, avances realizados y futuros, y necesidades identificadas, así como próximos pasos a seguir en el marco del GTIRVE.
El desarrollo del vehículo eléctrico y su infraestructura de recarga tiene también incidencia en la dimensión de la seguridad energética, así como en la aportación de servicios complementarios al sistema eléctrico mediante el desarrollo de la recarga bidireccional (V2G y V2H) y la agregación, lo que permitirá una mayor integración de renovables. Para ello, será necesario garantizar la interoperabilidad entre los vehículos, los diferentes puntos de recarga y la red eléctrica.
Por último, mencionar la alineación de los objetivos de electrificación del parque de vehículos con la Hoja de Ruta para la gestión sostenible de las Materias Primas Minerales y líneas de actuación de la Estrategia España Circular 2030. En concreto, la recuperación de materiales como el litio, el níquel o el cobalto y el “retrofit” (modernización del vehículo usado) serán nuevos nichos de actividad en el ecosistema de la movilidad eléctrica.
b) Ahorros esperados acumulados y anuales por cada medida y/o la cantidad de ahorros en relación con cualquier período intermedio
La medida proporcionará ahorros en el periodo 2021-2030 de 3.841,20 ktep de ahorro de un total de 19.938,9 ktep. La actualización del PNIEC considera que se alcanzará un parque de vehículos eléctricos de 5.450.000 en 2030 (turismos, furgonetas, autobuses y motos).
c) Sectores abordados
Esta medida se dirige al público en general y empresas con flotas de vehículos, así como empresas dedicadas al despliegue, operación y prestación de servicios de infraestructura de recarga.
d) Acciones elegibles
Las actuaciones elegibles en la medida comprenden:
- La adquisición de nuevos vehículos eléctricos.
- El despliegue de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
- Proyectos innovadores en movilidad eléctrica.
e) Mecanismos de actuación
Los mecanismos de actuación que harán posible la consecución de los objetivos de ahorro previstos serán los siguientes:
- Medidas legislativas: El fomento de la movilidad eléctrica requiere de una adaptación del marco normativo que acelere el despliegue de la infraestructura de recarga. En este sentido se enumeran las siguientes medidas:
- El Real Decreto de marzo de 2022, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.
- Establecimiento de la obligación de instalación de puntos de recarga de alta potencia en determinadas estaciones de servicio a partir de un volumen de ventas de combustible (estaciones con mayor volumen de tráfico), mediante la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y Decreto ley de diciembre de 2021, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
- El Real Decreto de diciembre de 2022, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones. Estipula que las entidades locales velarán por disponer de instrumentos que faciliten a las empresas operadoras de servicios de recarga, en condiciones de concurrencia competitiva y transparencia, la tramitación y ubicación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, de acceso público dentro y fuera de las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones), de modo que se establezca una red mínima de recarga acompasada al crecimiento del parque de vehículos eléctricos.
- Obligación de despliegue de puntos de recarga en aparcamientos adscritos a edificios existentes del sector terciario con más de 20 plazas de aparcamientos, mediante el Decreto ley de diciembre de 2021.
- Obligación de instalar preinstalación y puntos de recarga en aparcamientos de nuevos edificios, mediante la modificación Código Técnico de Edificación a través del Real Decreto de 2022.
- Eliminación de la exclusividad de contratos para instalar puntos de recarga en estaciones de servicios, según establecido en el Decreto ley de noviembre de 2021, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.
- Declaración de utilidad pública de las acometidas de infraestructura de recarga de potencia superior a 250 kW, mediante el Decreto ley de junio de 2020, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- Eliminación de la exigencia de licencia previa de obra a puntos de recarga, sustituyéndola por declaración responsable, según los establecido en el Decreto ley de diciembre de 2021.
- Simplificación de la tramitación normativa en la instalación de puntos de recarga en carreteras del Estado, según Orden TMA/178/2020, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden de 16 de diciembre de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicio; más la Orden TMA/277/2023, de 21 de marzo, que incluye la posibilidad de presentar una declaración responsable para acreditar que el titular de la autorización de la instalación principal ostenta dicha titularidad y que da su conformidad con la implantación de infraestructuras de recarga en dicha instalación.
- El Reglamento (UE) 2019/1242 modificó la Directiva 96/53/CE permitiendo incrementar la masa máxima autorizada de los vehículos impulsados por combustibles alternativos o vehículos de emisión cero, hasta un máximo de 1 o 2 toneladas, respectivamente, así como incrementar la masa máxima autorizada para las combinaciones de vehículos que incluyan vehículos impulsados por combustibles alternativos o vehículos de emisión cero, hasta un máximo de 1 o 2 toneladas, respectivamente. Se actualizará la instrucción 19/V-133 de la DGT según lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/1242.
- Implantación de un mecanismo de créditos (e-credits) que reconozca la electricidad, entre otras alternativas energéticas, para el suministro de vehículos, según el marco que se establece en la propuesta de modificación de la Directiva de Energía Renovables.
Esta modificación establece que los Estados miembros deberán implementar un mecanismo que permita a los proveedores de combustible de su territorio intercambiar créditos por el suministro de energía renovable al sector del transporte. De este modo, los operadores económicos que suministren electricidad renovable a vehículos eléctricos a través de estaciones públicas de recarga, entre otras fuentes de energía, obtendrán créditos que podrán computarse en los objetivos establecidos para la descarbonización del sector del transporte.
El actual esquema de créditos (SICBIOS) está diseñado para contabilizar exclusivamente los biocarburantes utilizados en el transporte. Así, los objetivos de venta o consumo recaen únicamente sobre estos, dejando al margen la posibilidad de utilizar otros combustibles renovables ya maduros como la electricidad renovable u otros de nueva generación, como el hidrógeno y otros combustibles sintéticos renovables, por no existir obligación sobre estos ni mecanismo para su contabilización.
La implantación de este nuevo mecanismo de e-credits permitirá contabilizar estos créditos para cubrir con las obligaciones derivadas de la Directiva de Energía Renovables, así como la creación de un marco facilitador para el impulso del uso de vehículos alternativos.
- Otras medidas de acompañamiento al fomento de la movilidad eléctrica:
- Papel ejemplarizante de la Administración, habiéndose articulado unas obligaciones de renovación de flota mínima con vehículos de cero o bajas emisiones que deberán licitar los distintos poderes adjudicatarios de las Administraciones Públicas.
- Creación del Grupo GTIRVE como órgano de gobernanza del despliegue de infraestructura en España. En él están representadas las Administraciones Públicas y las asociaciones sectoriales de toda la cadena de valor de la movilidad eléctrica. Además, creación de Grupos de Trabajo específicos entre los diversos actores implicados para mejorar la coordinación, cooperación y colaboración en el impulso de expedientes de implantación de la infraestructura para la recarga del vehículo eléctrico, tanto ligeros como pesados.
- Publicación de una nueva Circular por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.
- Programas de apoyo público: diseño de programas de ayudas a fondo perdido que multipliquen el presupuesto puesto a disposición de los particulares y empresas para la adquisición de vehículos eléctricos, contemplando la pobreza en el transporte y el apoyo a los vulnerables, así como la instalación de puntos de recarga y proyectos con carácter innovador.
En el periodo 2020-2023 se cuenta con los fondos Next Generation en el marco del PRTR que permiten acelerar la penetración de la movilidad eléctrica gracias a un volumen de fondos sin precedentes. Entre los Programas puestos en marcha destacan:
- Programa MOVES II y MOVES III, para incentivar la adquisición de vehículos eléctricos ligeros e instalación de puntos de recarga, con una dotación de hasta 115 millones de euros y 1.550 millones de euros respectivamente.

Tercera convocatoria del Programa MOVES III, para la financiación de una movilidad eficiente y sostenible. Fuente: idae.es
- Programa MOVES FLOTAS, con incentivos para empresas que adquieran al menos 25 vehículos eléctricos ligeros y operen en al menos dos Comunidades autónomas, para renovar su flota y disponer de recarga en sus instalaciones, dotado en su primera convocatoria con 50 millones de euros y en su 2ª convocatoria con otros 50 millones de euros y en su 3º convocatoria con 30 millones de euros. Está prevista una nueva convocatoria a lo largo de este año.
- Programa de transformación de flotas de vehículos pesados de transporte profesional de mercancías y pasajeros por carretera, dotado con 400 millones de euros.
- Programa MOVES Singulares 2, dirigido a incentivar proyectos singulares de movilidad eléctrica, dotado con 100 millones de euros en su primera convocatoria y con 264 millones de euros en la segunda convocatoria.
- Incentivos económicos:
- Flexibilización del peaje y cargo para recarga de vehículos eléctricos.
- Posibilidad de que los Ayuntamientos establezcan bonificaciones fiscales a la actividad de recarga de vehículos.
- Fiscalidad: El Ministerio de Hacienda, con el objetivo de mitigar las externalidades ambientales de los combustibles fósiles, promoverá diferentes incentivos fiscales con el objetivo de lograr una mayor penetración del vehículo eléctrico.
Un ejemplo de dichos incentivos es que se han habilitado deducciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para promover la adquisición de vehículos eléctricos por particulares y la instalación de puntos de recarga. En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, con el fin de impulsar la electrificación de la movilidad, se ha introducido un incentivo fiscal destinado a promover las instalaciones de recarga de vehículos eléctricos, tanto de uso privado como las accesibles al público, de potencia normal o de alta potencia.
- Comunicación: diseño de una estrategia de comunicación centrada en facilitar información sobre el vehículo eléctrico, el precio y la localización de los puntos de recarga, la oferta, prestaciones de los vehículos, etc. Es importante mencionar los proyectos europeos en curso en los que participa España: PSA “Data collection related to recharging/ refuelling points for alternative fuels and the unique identification codes related to e-Mobility actors” y PSA “Fuel price comparison”, ambos financiados por la convocatoria europea CEF en la que participan 16 países europeos.
El primer proyecto ha facilitado disponer del registro nacional de la red de puntos de recarga, denominado RIPREE, habilitándose en el geoportal de la página web del MITECO y en el Punto de Acceso Nacional (NAP) de la Dirección General de Tráfico un mapa visual de dichos puntos, así como su identificación con código único, facilitando sus coordenadas y otra información relevante para los ciudadanos.

Geoportal de hidrocarburos: Mapa de precios de carburantes de gasolineras y de los puntos de recarga eléctricos. Fuente: geoportalgasolineras.es
El segundo se ha traducido en la web euros/100km, que permitirá que la ciudadanía disponga de información que le permita comparar los costes de repostaje de los diferentes tipos de vehículos.

Información comparativa sobre el coste de los combustibles de automoción en €/100km. Fuente: eurospor100km.energia.gob.es
En la estrategia de comunicación se utilizarán los canales de mayor impacto especializados y no especializados: Geoportal del MITECO, plataformas web, aplicaciones para teléfonos inteligentes, redes sociales, jornadas y eventos.
f) Necesidades financieras y apoyo público
La inversión total asociada a la penetración del vehículo eléctrico será del orden 114.407 millones de euros. El apoyo económico público estimado para el desarrollo de esta medida en el periodo 2021-2025, (con fondos Next Generation UE), asciende a 2.000 millones de euros para el impulso a la electrificación del vehículo ligero, a los que se suman 400 millones de euros para el programa de transformación de flotas de vehículos pesados. Asimismo, otras líneas de financiación dirigidas a Ayuntamientos (1.500 millones) y a Comunidades autónomas (900 millones) incluyen como actuaciones elegibles la adquisición de vehículos cero emisiones para transporte público de viajeros y vehículos de recogida de residuos, así como la instalación de puntos de recarga eléctrica en sus cocheras para dichos vehículos.
En el periodo 2025-2030 se estima que se habrá alcanzado la paridad de precio en vehículos ligeros y no será necesario apoyo público como ayudas a fondo perdido para adquisición de vehículos; aunque sí se necesitarán sistemas de apoyo (fiscales, e-credits, etc.) para seguir impulsando el despliegue de infraestructura de recarga, especialmente para vehículos pesados por sus requerimientos de potencia, tanto la vinculada a flotas como la de acceso público, y en zonas de ‘sombra’, pues estas inversiones en infraestructura de recarga suelen resultar menos atractivas para el sector privado. Además, dichas inversiones en infraestructura pública de recarga eléctrica deben ir acompañadas de los refuerzos necesarios en las redes de transporte y de distribución de energía eléctrica.
g) Responsables
Las autoridades públicas responsables de la ejecución y seguimiento de la medida seguirán siendo el MITECO, de manera coordinada con otros Departamentos ministeriales y, particularmente, con el MITRAMS, el MINTUR y el Ministerio de Hacienda y Función Pública, conjuntamente con las Comunidades autónomas, de acuerdo con un modelo de cogestión y cofinanciación de las medidas y actuaciones en materia legislativa y de eficiencia energética que respete la distribución competencial de España. Las entidades locales serán administraciones coadyuvantes de la medida como consecuencia del ejercicio de las competencias que les corresponden en materia de control de la calidad del aire en las ciudades.
